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Para adquirir la nacionalidad venezolana se deben cumplir varios requisitos imprescindibles

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Tal y como está contemplado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela toda persona de otra nacionalidad que desee ser venezolano y venezolana, debe cumplir de forma obligatoria con varios requisitos imprescindibles.

Constitución Nacional

En el Artículo 33 numerales 1º, 2º y 3º  se establecen los mismos, así como también, están contenidas estas normas en la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía en el Título III: de la Nacionalidad Venezolana por Naturalización, capítulo I: De la Adquisición, artículo 21, ordinales 1, 2 y 3.

La Carta Magna señala en su Artículo 33 que son venezolanos y venezolanas por naturalización:

1.- Los extranjeros o extranjeras que obtengan carta de naturaleza. A tal fin, deberán tener domicilio en Venezuela con residencia.

El tiempo de residencia se reducirá a cinco años en el caso de aquellos y aquellas que tuvieren la nacionalidad originaria de España, Portugal, Italia, países latinoamericanos y del Caribe. (En los casos en que sean de otra nacionalidad tendrán que tener como mínimo 10 años de residencia en el país).

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2.- Los extranjeros o extranjeras que contraigan matrimonio con venezolanas o venezolanos desde que declaren su voluntad de serlo, transcurridos por lo menos cinco años a partir de la fecha del matrimonio.

3.- Los extranjeros o extranjeras menores de edad para la fecha de la naturalización del padre o de la madre que ejerza sobre ellos la patria potestad, siempre que declaren su voluntad de ser venezolanos o venezolanas antes de cumplir los veintiún años de edad y hayan residido en Venezuela, ininterrumpidamente, durante los cinco años anteriores a dicha declaración.

En ese sentido, el director general del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería, geógrafo Dante Rivas, expresa que todas las personas de otras nacionalidades que deseen hacer vida legalmente en nuestra Patria Grande contarán en todo momento con esta Institución para identificarlos, pero siempre y cuando cumplan con todos los requisitos exigidos en las leyes venezolanas para efectuar estos trámites necesarios.

Rivas subraya que el SAIME siguiendo con las políticas acertadas de inclusión fomentadas por el presidente de la República, Hugo Chávez Frías, no sólo las practica con todos los venezolanos, sino que las extiende a los hermanos de otros países que residen en nuestro país, sin ningún tipo de limitaciones, logrando la integración que siempre soñó Simón Bolívar.

Finalmente, el titular del SAIME hace un recordatorio a los usuarios que están a su completa disposición los canales de comunicación abiertos para todos, sin excepción, para que presenten sus dudas, inquietudes y ubiquen mayor información, entre los cuales están: www.saime.gob.ve, [email protected], Twitter @DanteRivasQ, Facebook Dante RivasOficial, a través de una llamada gratuita al 0800-SAIME-00 (0800-72463-00) o también enviando un mensaje de texto al 0426-5107726.

[Prensa: SAIME]

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