Veraz: "Tibisay ¿Las Juntas Parroquiales?", por Robert Alvarado - Lea Noticias

Veraz: «Tibisay ¿Las Juntas Parroquiales?», por Robert Alvarado

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robert_tsuster_2Como se conoció por todos los venezolanos unas declaraciones que se dio en la sede del Consejo Nacional Electoral (CNE), su presidenta, Tibisay Lucena, informó que el 8 de diciembre se harán las elecciones municipales, que por diversas circunstancias habían sido suspendidas y nos habló un cronograma electoral de inscripciones de candidatos a Alcaldes y Concejales de los diferentes municipios del país, pero se le olvidó de las juntas parroquiales.

Que hay una lucha desde hace mucho tiempo con los ex trabajadores que laboraban en las Juntas Parroquiales en diferentes regiones del país están exigiendo a los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que se publique la sentencia del recurso de nulidad de la reforma de la Ley Orgánica del Poder Municipal que fue introducido desde hace 2 años y 7 meses, esperando sentencia del TSJ.

Afirmó que la misma Tibisay Lucena «tienen información de que la sentencia ya está lista y favorece a las 13 mil personas que laboraban en las Juntas Parroquiales de todo el país y quedaron sin empleo cuando fueron eliminadas por esta reforma.

Lo que no entiendo como  nosotros los venezolanos olvidamos rápido, por esta fecha lo denuncie por mi columna de opinión casi un año sobre este tema. Pareciera que nuestras luchas se desvanecen producto del abandono o a la impericia de nuestros políticos opositores quienes nos hacen cómplices bien sea por acción u omisión, quizás el caso más palpable sea el de las juntas de las Juntas Parroquiales.

Estos entes públicos constituían un mecanismo para desconcentrar las funciones administrativas del municipio en los asuntos que les eran delegados. Representaban un mecanismo de consulta y comunicación permanente entre todos los ciudadanos, sus organizaciones sociales y los órganos de gobierno más próximos. Sus miembros eran elegidos por votación popular.

Su importancia era en promover la participación ciudadana en los asuntos comunitarios. Tenían el deber de comunicarle al alcalde y al concejo municipal, las aspiraciones de los vecinos en torno a la prioridad, urgencia, ejecución, reforma o mejora de las obras y servicios locales.

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El periodo de mandato de los miembros de las juntas parroquiales tenía una duración de cuatro años según como lo establecen la Constitución en su Artículo 64 son electores y electoras todos los venezolanos y venezolanas que hayan cumplido 18 años de edad y que no estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política.

El voto para las elecciones parroquiales, municipales y estadales se hará extensivo a los extranjeros y extranjeras que hayan cumplido 18 años de edad, con más de 10 años de residencia en el país, con las limitaciones en esta Constitución y en la ley y que no estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política.

Esto viola también los artículos 5, 62 y 63 de la Constitución de la República y la Ley Orgánica de Procesos Electorales, en los cuales se reconoce el derecho que tenemos los venezolanos de elegir directamente a nuestros representantes por el voto secreto, universal y directo; y no por medio de instancias de poder dependientes, que según el Poder Ejecutivo Nacional, debe responder a sus órdenes, como es el caso de los Consejos Comunales. Meses atrás la anterior Asamblea Nacional elimino las juntas parroquiales proporcionándose un autogolpe de estado con esos paquetes de leyes madrugadoras.

Esto a través de una nueva Reforma de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM) y de la Ley de Regularización de los Períodos Constitucionales y Legales de los Poderes Públicos Estadales y Municipales (LORPCLPPEM). ¿Qué no entendieron cuando sacan esa ley violatoria de nuestra Carta Magna? Se le está dando un golpe de Estado a las Parroquias y sería lo mismo si una nueva ley electoral consagrara que el presidente no fuera escogido por el voto popular, universal, secreto y directo. ¿O no?… Elimina cargos de elección popular sin consultarle a los electores además de violar la distribución política administrativa aprobada en la Constitución del 99 y reconfirmada en el 2007.

No quiero pensar que Tibisay Lucena esté al servicio del  Régimen lo que busca es que las estructuras surgidas desde los Consejos Comunales Manipulados directamente desde los enchufados por inoperante (la reducción de las cesiones y el reglamento de debates es herramienta para lograr el objetivo) el acceso al poder legislativo del parlamento comunal.

También pregunto dónde están los miembros elegidos para las juntas parroquiales que no han manifestado su protesta salvo algunos muy contados, no les importa que los barran de sus cargos ¡Para qué entonces se prestaron a una elección! Es cierto que en la ley de Consejos Comunales ellos como poder independiente tienen su propio CNE «comunal» si el CNE genuflexico está viciado saca la cuenta de lo que pasaría con un órgano en manos de esta gente rendida a los intereses del heredero Nicolás Maduro.

Lo que se puede decir como todos los poderes públicos; el CNE es una vergüenza abala la impunidad y el ventajismo, está totalmente parcializado con el partido de gobierno, desconoció la voluntad popular robándole las elecciones a Capriles y en fin a la mayoría de los venezolanos que votamos por él, cambia las fechas de elecciones según su propia conveniencia que es la conveniencia del partido de gobierno… Hasta le podríamos  preguntarle a la rectora Lucena ¿Quién elegirá a los representantes parroquiales? Y mi respuesta a esa pregunta quedará solo en manos de los consejos comunales, sus voceros eligen la comuna y el miembro principal comunal sin consultar con los vecinos.

Todo un cogollo socialistas y comunistas que no resuelve los problemas en las comunidades y hasta van ser manipulados sus elecciones por los próximos alcaldes del 2013 es decir manda lo que decida e impongan el burgomaestre mas no la voluntad de los ciudadanos…

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Por: Robert Alvarado / @robertveraz

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