Ya se reimprimió el Decreto sobre cálculos de aguinaldos en la Gaceta Oficial - Lea Noticias

Ya se reimprimió el Decreto sobre cálculos de aguinaldos en la Gaceta Oficial

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Por un error en el cálculo de los aguinaldos de los empleados públicos, pensionados, jubilados y militares, este viernes se reimprimió el Decreto que fue publicado en Gaceta Oficial.

Gaceta

La corrección aparece publicada en la Gaceta N°40.278, en la que se aclara que el pago de los aguinaldos debe calcularse sobre la base del aumento de 10% del salario mínimo establecido para el 1° de noviembre.

«El sueldo base a emplear para calcular las bonificaciones de fin de año será el correspondiente al aumento del 10% del salario mínimo de este mes. La cantidad que deberán usar es de 2.973 bolívares», señala el texto.

Los entes que conforman la administración Pública Nacional deberán otorgar 90 días de sueldo integral a los funcionarios que se encuentren en servicio activo. Esto en conformidad con el artículo 25 de la ley de estatuto de la Función Pública. El beneficio de este apartado se calculará con base al sueldo integral devengado por el funcionario público.

Las organizaciones públicas deberán pagar a sus empleados las cantidades por concepto de bonificación de fin de año que se hallan acordado en las respectivas conveciones colectivas de trabajo.

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Los jubilados de la administración pública gozarán del pago de 90 días. El monto será calculado con base al monto de la pensión que se les haya asignado el 31 de octubre de 2013. En ningún caso el monto podrá ser inferior a 2.973 bolívares
Los empleados contratados bajo régimen laboral se le reconocerán una bonificación de fin de año equivalente a 90 días de salario, proporcional al número de meses completos laborados.

Los oficiales, suboficiales, tropas y alumnos de institutos de formación profesional de oficiales y suboficiales contarán con la misma cantidad de días para el cálculo de su bonificación.

El pago de los beneficios se hará en dos cuotas. La primera parte equivaldrá a dos tercios de la bonificación correspondiente y deberá ser pagada antes del 15 de noviembre. El tercio restante tendrá que ser cancelado antes del 1 de diciembre de 2013.

[Fuente: Ultimasnoticias.com]

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