Dejó a su esposa desnuda en la calle y con la palabra "puta" pintada en la espalda - Lea Noticias

Dejó a su esposa desnuda en la calle y con la palabra «puta» pintada en la espalda

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La Audiencia de Las Palmas ha condenado a dos años y medio de cárcel a un hombre por humillar a su esposa de forma pública, abandonándola en la calle completamente desnuda y con la palabra «puta» pintada en la espalda, con el agravante de que además tenía prohibido acercarse a ella.

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El acusado, que tenía prohibido acercarse a su víctima, la agredió el pasado 25 de noviembre. Los hechos sucedieron el 25 de noviembre del año pasado en un barrio del sur de Las Palmas de Gran Canaria, ocho meses después de que el procesado, Higinio G.N., de 44 años, fuera condenado por un delito de lesiones contra su esposa a cuatro meses de prisión y a no poder acercarse a ella durante un período de año y medio, así lo reseña el portal web 20minutos.es

El acusado se exponía en este juicio a una condena aún mayor porque el fiscal solicitaba que se le impusieran otros seis años de cárcel por detención ilegal, ya que su esposa declaró ante la Policía que la había tenido retenida un día contra su voluntad.

Sin embargo, la Audiencia de Las Palmas le absuelve de ese cargo por falta de pruebas, ya que la mujer renunció durante la instrucción a ejercer cualquier tipo de acción penal contra el acusado -con el que sigue casada- y, llegado el juicio, se acogió a su derecho a no declarar en contra de su cónyuge.
La sentencia reconoce que, sin su declaración, no puede probarse que la mujer fuera retenida contra su voluntad por Higinio G.N., pero precisa que sí existen testigos directos y de referencia para avalar el resto de las infracciones penales que se le imputan: delito contra la integridad moral y quebrantamiento de condena.

De hecho, ante el tribunal testificaron la dependienta de un bazar al que la mujer acudió desnuda para pedir ayuda «porque su pareja la quería golpear» y los policías que la atendieron poco después y vieron el insulto que llevaba pintado en el cuerpo.
La Audiencia considera que esa conducta «no puede calificarse de menor entidad», ya que supone «una humillación» contra la esposa del acusado que «atenta contra su dignidad como mujer, como persona».

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