España: Prohibición de desahucios y prórroga de contratos de alquiler se extiende hasta el 31 de enero - Lea Noticias

España: Prohibición de desahucios y prórroga de contratos de alquiler se extiende hasta el 31 de enero

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“El Gobierno ha ampliado a última hora la duración de varias medidas en materia de alquiler de vivienda que anunció en las primeras semanas de estado de alarma y que van destinadas a los inquilinos más vulnerables”. Así lo reseña Idealista.com:

Rooftop view of Madrid downtown in a sunny day, Madrid, Spain

Tal y como estaba previsto, el Consejo de Ministros ha aprobado la prórroga automática de los contratos de alquiler que venzan próximamente, la paralización de los desahucios por impago de la renta y un aplazamiento de las mensualidades cuando el propietario de la vivienda sea un gran tenedor o una entidad pública. La prórroga de estas medidas está incluida en el Real Decreto-ley de ampliación de los ERTE y fija el próximo 31 de enero como nueva fecha límite de aplicación.

Repasamos en qué consisten las medidas:

1. Prórroga de los contratos de alquiler. En 1 de abril entró en vigor una prórroga extraordinaria de seis meses en los contratos de arrendamiento de la vivienda habitual que vencieran en los dos meses siguientes a la entrada en vigor de la norma. Y ahora el plazo se ha ampliado por otros seis meses más.

En este sentido, el Gobierno detalla que «se amplía hasta esa misma fecha del 31 de enero de 2021 los contratos de arrendamiento de vivienda que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor, siempre que no se hubiese llegado a un acuerdo distinto entre las partes y que el propietario (persona física) no hubiese comunicado la necesidad de la vivienda para sí, en cumplimiento de los plazos y condiciones establecidos en el artículo 9.3 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos».

2. Una suspensión de los procedimientos de desahucio y de los lanzamientos para aquellos inquilinos en situación de vulnerabilidad que se queden sin alternativa habitacional.

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Según explica el comunicado remitido por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), se amplía hasta el 31 de enero de 2021 el plazo máximo de esta medida, que «favorece la posibilidad de actuación de los servicios sociales teniendo en cuenta que persiste una difícil situación para muchos hogares que pueden estar en riesgo de perder su vivienda y, todo ello, en sintonía con la extensión de otras medidas de protección social en el ámbito económico y laboral».

3. Los grandes tenedores de vivienda, obligados a ayudar a renegociar. La medida que se aprobó el 31 de marzo y entró en vigor el 1 de abril incluía que, en el caso de que el propietario de la vivienda arrendada fuera un gran tenedor o un fondo de inversión (a partir de 10 inmuebles, ya sea persona física o jurídica), el inquilino vulnerable podía acogerse a una moratoria del pago de la renta mientras durara el estado de alarma o si persistía la vulnerabilidad. Para devolver estas rentras aplazadas, el gran tenedor podía decidir si realizar una quita del 50% de la deuda que se ha generado o una reestructuración de la deuda en los próximos tres años.

Y se mantienen esos términos. El comunicado oficial sostiene que «se extiende también hasta el 31 de enero de 2021 la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta, cuando el arrendador sea un gran tenedor o entidad pública, en los términos establecidos en el referido Real Decreto-Ley 11/2020″.  La medida, por tanto, no afecta a los pequeños propietarios de vivienda.

Acaban las moratorias hipotecarias

El Gobierno no ha anunciado cambios en otras medidas como el plazo para solicitar las moratorias hipotecarias, ya sea la oficial (promovida por el Gobierno) o la sectorial (la alternativa privada de la banca).

No obstante, fuentes financieras aseguran a idealista/news que el sector está abierto a negociar de forma individual con los clientes que tengan problemas para pagar la cuota del préstamo, a pesar de que expire el plazo para solicitar la moratoria.

Extensión del bono social hasta junio de 2021

De otro lado, la vicepresidencia de Transición Ecológica incluye en este nuevo real decreto social la extensión del consumidor vulnerable con derecho a acceder al bono social eléctrico. Las unidades familiares en la que alguno de sus miembros se encuentre en situación de desempleo, de ERTE o que haya visto reducida su jornada por motivo de cuidado podrán tener una reducción directa en la factura de la luz hasta junio de 2021.

La extensión también se hace para los empresarios que afrontan situaciones similares y que, por tanto, puede suponer una pérdida sustancial de los ingresos.

El bono social eléctrico ya beneficia a 1,3 millones de consumidores. Este bono social se extiende además al bono término. Además, se mantiene en esta legislación la prohibición de cortar el suministro a los colectivos vulnerables.

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[Publicado en Idealista.com]

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