La Práctica de la lactancia materna, es un derecho de las mujeres, de los niños y las niñas que no debe ser vulnerado, la sociedad tiene la obligación de respetarlo, protegerlo, promoverlo y apoyarlo. Igualmente los niños y niñas deben tener acceso a una alimentación adecuada que le asegure un crecimiento saludable desde su nacimiento. En base a esto el Gobierno Nacional ha implantado una serie de leyes para la protección de la madre, los niños y niñas.
La Coordinadora del Programa Nacional de Salud Sexual y reproductiva del Ministerio del Poder Popular para la Salud, Yadira Rodríguez, señala “06 de septiembre del año 2007 se aprobó la Ley de Promoción y Protección de la Lactancia Materna, la Cual garantiza promover y proteger la lactancia materna a los fines de garantizar la vida, salud y desarrollo integral de los niños y niñas”
Centros de Salud Amigables
La Ley de Promoción y Protección de la Lactancia Materna, tiene principal interés en que los centros de salud se conviertan en centros amigos del niño, la niña y la madre. El Artículo 7 establece que los centro de salud responsables del cuidado de las madres y sus hijos e hijas lactantes, deben promover la lactancia materna exclusiva y óptima y deben brindar una información oportuna, veraz y comprensible sobre los principios y beneficios de la lactancia materna a las madres, los padres y sus familias.
Igualmente la ley promueve el apego precoz de la madre y el niño Garantizando que los hijos e hijas lactantes permanezcan al lado de su madre en alojamiento conjunto durante las veinticuatro horas (24) del día después del parto y en cualquier caso de hospitalización de un niño o niña lactante, salvo indicación médica especial, caso en el cual deberá favorecerse hasta el máximo posible el contacto directo de la madre con su hijo o hija.
Fuente:
MPPS/Prensa