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BCV modifica requisitos para compra de divisas en el Sicad II (Más recaudos, más papel)

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El Banco Central de Venezuela ajustó los requisitos para el acceso al Sistema Cambiario Alternativo de Divisas (Sicad II), de manera que las personas naturales y jurídicas ahora tendrán que entregar más recaudos al momento de tramitar la compra de dólares en ese mercado.

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En una circular el instituto emisor señala que en el Sicad II las operaciones de compra de divisas no podrán ser inferiores a los 1.000 dólares.

Se añade que las personas naturales  al momento de efectuar la adquisición de los divisas tendrán que consignar ante los operaciones cambiarios: original y copia de la cédula de identidad, constancia de residencia, constancia de ingresos expedida por el pagador con  no más de 30 días  continuos de anticipación a la fecha de realización de la operación, copia de la última declaración de Impuesto sobre la Renta, original y copia del Registro de Información Fiscal (RIF).

En la normativa de marzo el BCV solamente exigía: original y copia de la cédula de identidad y del RIF.

Cuando la cotización de demanda de divisas sea presentada por un estudiante, el interesado deberá consignar original de su constancia de estudios y copia certificada de la partida de nacimiento, también tendrán que presentar la documentación correspondiente  a la persona que financia la adquisición de divisas de que se trate a beneficio del estudiante.

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A las personas jurídicas ahora se les exige: original y copia del documento constitutivo o estatutario, debidamente registrado y vigente, en caso que no repose en el expediente del cliente; copia de las últimas 2 declaraciones de Impuesto Sobre la Renta, en las que se evidencie la contribución en las cargas públicas según la capacidad económica del contribuyente y original y copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF) o ejemplar del Comprobante Digital vigente.

Anteriormente se les pedía copia del documento constitutivo y el RIF.

Fuente [Eluniversal.com]

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