La Residencia por Permanencia Definitiva es el permiso que otorga el gobierno de Chile a los ciudadanos extranjeros, para radicarse indefinidamente y desarrollar cualquier actividad en el país, sin más limitaciones que las leyes vigentes. Así lo contempla el Departamento de Extranjería y Migración de Chile, según su página web:
Requisitos para obtener una permanencia definitiva
Los documentos deberán ser enviados junto al formulario de SOLICITUD DE PERMANENCIA DEFINITIVA, vía correo postal dentro de los 90 días anteriores al vencimiento de su actual Visa, a la dirección que aparece en los requisitos o al reverso de la solicitud. Los extranjeros de nacionalidad colombiana, peruana y dominicana deben presentar certificado de antecedentes para cualquier solicitud.
1. Para residente con contrato como dependiente de un empleador
Podrán solicitar Permanencia Definitiva, aquellos extranjeros que hayan sido titulares de una visa de residencia sujeta a contrato a lo menos durante dos años o temporaria durante un año inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud.
Junto a él, podrán solicitar la Permanencia definitiva, sus familiares directos (Cónyuge, Padres e Hijos), si también cuentan con una visa de residente sujeta a contrato o temporaria en condición de Dependiente.
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2. Para residentes con visa de estudiante
Podrán solicitar Permanencia Definitiva, aquellos extranjeros que hayan sido titulares de un permiso de residencia de estudiante, por a lo menos los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud y que hayan culminado con los estudios que desarrollaban en el país.
También podrán postular al permiso de permanencia definitiva, los familiares directos (cónyuge, padres e hijos) que cuenten con un permiso de residencia en condición de dependiente.
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3. Para residente con vínculo con chileno
Podrán solicitar Permanencia Definitiva, aquellos extranjeros que han sido titulares de una visa de residencia temporaria, por a lo menos un año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud, y cuyo fundamento para ser otorgada haya sido el vínculo que lo une a una persona de nacionalidad chilena.
También podrán postular al permiso de permanencia definitiva, los familiares directos (cónyuge, padres e hijos) que cuenten con un permiso de residencia en condición de dependiente.
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4. Para residente con visa temporaria para hijo de extranjero transeúnte
Podrán solicitar Permanencia Definitiva, aquellos extranjeros que han sido titulares de una visa de residencia temporaria, por a lo menos un año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud, y cuyo fundamento para ser otorgada haya sido el vínculo que lo une a una persona de nacionalidad chilena.
También podrán postular al permiso de permanencia definitiva, los familiares directos (cónyuge, padres e hijos) que cuenten con un permiso de residencia en condición de dependiente.
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5. Para residente con visa temporaria como religioso
Podrán solicitar Permanencia Definitiva, aquellos extranjeros que han sido titulares de una visa de residencia temporaria, por a lo menos un año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud, y cuyo fundamento para ser otorgada haya sido su condición de miembro de una agrupación religiosa reconocida en Chile.
También podrán postular al permiso de permanencia definitiva, los familiares directos (cónyuge, padres e hijos) que cuenten con un permiso de residencia en condición de dependiente.
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6. Para residente vinculado con familiar que posea permanencia definitiva
Podrán solicitar permanencia definitiva, aquellos extranjeros que han sido titulares de una visa de residencia temporaria, por a lo menos un año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud, y cuyo fundamento para ser otorgada haya sido el vínculo (cónyuge, padres e hijos) que existe con otro extranjero que ya es residente con permanencia definitiva en Chile.
También podrán postular al permiso de permanencia definitiva, los familiares directos (cónyuge, padres e hijos) que cuenten con un permiso de residencia en condición de dependiente.
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7. Para residente inversionista, honorario o rentista
Podrán solicitar permanencia definitiva, aquellos extranjeros que han sido titulares de una visa de residencia temporaria, por a lo menos un año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud, y cuyo fundamento para ser otorgada haya sido su condición de inversionista, empresario o trabajador por cuenta propia en Chile.
También podrán postular al permiso de permanencia definitiva, los familiares directos (cónyuge, padres e hijos) que cuenten con un permiso de residencia en condición de dependiente.
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8. Para residente con visa temporaria como jubilado
Podrán solicitar permanencia definitiva, aquellos extranjeros que han sido titulares de una visa de residencia temporaria, por a lo menos un año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud, y cuyo fundamento para ser otorgada haya sido su condición de jubilado en un país extranjero.
También podrán postular al permiso de permanencia definitiva, los familiares directos (cónyuge, padres e hijos) que cuenten con un permiso de residencia en condición de dependiente.
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9. Para residente con visa temporaria para menor de 18 años no acompañado por sus padres
Podrán solicitar permanencia definitiva, aquellos extranjeros que han sido titulares de una visa de residencia temporaria, por a lo menos un año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud, al cual se le haya otorgado este permiso por el hecho de ser menor de dieciocho años y que se encuentre en Chile bajo el régimen de tutoría.
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10. Para residentes cónyuge de funcionario chileno del servicio exterior
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11. Para residentes con visa oficial. (se excluye el personal administrativo o de servicio)
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12. Para residentes con visa oficial. (personal administrativo o de servicio)
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13. Para residentes con visa temporaria como hijo de padres chilenos nacionalizados extranjeros
Podrán solicitar Permanencia Definitiva, aquellos extranjeros que han sido titulares de una visa de residencia temporaria, por a lo menos un año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud, y cuyo fundamento para ser otorgada haya sido su condición de hijo de padres chilenos nacionalizados extranjero.
Junto a él, podrán solicitar la Permanencia definitiva, sus familiares directos (Cónyuge, Padres e Hijos), si también cuentan con una Visa de Residente Sujeta a Contrato en condición de Dependiente.
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14. Para residentes con visa temporaria como ex chileno nacionalizado extranjero
Podrán solicitar Permanencia Definitiva, aquellos extranjeros que han sido titulares de una visa de residencia temporaria, por a lo menos un año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud, y cuyo fundamento para ser otorgada haya sido su condición de ex chileno nacionalizado extranjero.
Junto a él, podrán solicitar la Permanencia definitiva, sus familiares directos (Cónyuge, Padres e Hijos), si también cuentan con una Visa de Residente Sujeta a Contrato en condición de Dependiente.
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ADVERTENCIA
La página web del Departamento de Extranjería y Migración de Chile advierte lo siguiente:
“Conforme a lo establecido en el D.S 597. Reglamento de Extranjería, la Permanencia Definitiva es el permiso concedido a los extranjeros para radicarse indefinidamente en el país y desarrollar cualquier clase de actividades, sin otras limitaciones que las que se establezcan en las disposiciones legales y reglamentarias.
Una vez otorgado el Permiso de Permanencia Definitiva, el extranjero dispone de UD. plazo de 30 días, desde la fecha de entrega del respectivo certificado, para registrar este permiso en la Jefatura Nacional de Extranjería y Policía Internacional, y si en su localidad no existe este servicio, en Carabineros de Chile.
Además, y dentro del mismo plazo, deberá solicitar Cédula de Identidad para extranjeros en el Servido de Registro Civil e Identificación. El extranjero que esté en posesión de la Permanencia Definitiva, deberá informa personalmente a la autoridad contralora sobre cualquier cambio de su domicilio o de sus actividades dentro de un plazo de 30 días de producido el cambio. La comunicación del nuevo domicilio se hará a la unidad contralora que corresponda a la ciudad en que éste se hubiere establecido.
La Permanencia Definitiva quedará tácitamente revocada al cumplir su titular un plazo ininterrumpido superior a 1 año fuera del país.
Los funcionarios del Servicio Exterior (Consulados) podrán prorrogar la vigencia de la Permanencia Definitiva de aquellos extranjeros que por razones de estudio o debido a enfermedad u otra causa justificada, estén impedidos de retomar a Chile dentro del año, debiendo estampar la constancia pertinente en el Certificado de Permanencia Definitiva.
Esta prorroga deberá solicitarse dentro de los 60 días anteriores a su vencimiento. Sólo se podrán conceder hasta 4 prórrogas del permiso de Permanencia Definitiva, en forma sucesiva y con 1 año de validez cada una, los que se computarán desde la fecha de vencimiento del plazo primitivo de vigencia.
Vencida una prórroga, sin que se baya obtenido una nueva, la Permanencia Definitiva quedará tácitamente revocada si el extranjero continua fuera del país.
Ante cualquier duda le rogamos concurrir a. la Gobernación Provincial correspondiente al lugar de su domicilio o, en Santiago, al Departamento de Extranjería de la Intendencia Regional Metropolitana”.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo debo residir en Chile para solicitar la permanencia definitiva?
- Con visa sujeta a contrato: dos años ininterrumpidos.
- Con visa temporaria: un año.
- Con visa de estudiante: dos años y haber terminado sus estudios, sean profesionales o secundarios
¿Cuál es el plazo para solicitar la Permanencia Definitiva?
Dentro de los 90 días antes del vencimiento de su visa de residencia temporal
¿Cuál es el costo de la permanencia definitiva?
El 40% de un ingreso mínimo en Chile (ver tabla de valores). Los cónyuges de chileno(a) y menores de edad no pagan.
Una vez que me es entregado el Certificado de Permanencia Definitiva, ¿qué debo hacer?
Dentro de los 30 días siguientes a la obtención de su residencia usted debe:
- Registrar su Permanencia Definitiva en Policía Internacional: Vaya a la oficina de Policía Internacional más cercana. Debe llevar:
- Pasaporte vigente.
- Certificado de Permanencia Definitiva.
- Obtener cédula de identidad: Vaya a la oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación más cercana. Debe llevar:
- Pasaporte vigente.
- Tarjeta de registro en Policía Internacional.
- Certificado de Permanencia Definitiva.
¿Cuánto tiempo puedo permanecer fuera de Chile sin perder mi permanencia definitiva?
Un año ininterrumpido. Después de ese periodo, la permanencia definitiva se revoca. No obstante, dentro de 60 días antes del vencimiento puede solicitar en los consulados chilenos en el extranjero una prórroga de un año en la vigencia de su permanencia definitiva. Se puede conceder un máximo de cuatro prórrogas sucesivas.
¿Cuándo se pierde la Permanencia Definitiva?
- Por revocación, por cometer alguna de las acciones de los artículos 65 y 66 de la Ley de Extranjería y/o de los artículos 139 y 140 del Reglamento de Extranjería.
- Por revocación tácita: Por permanecer fuera del país por más de un año ininterrumpido sin solicitar una prórroga
¿Cuántas prórrogas sucesivas de Permanencia Definitiva se pueden solicitar?
Cuatro.
Permanencia Definitiva ¿Es para siempre o debe renovarse en algún momento?
Es para siempre, salvo que sea revocada.
¿A qué se puedo optar luego de obtener la Permanencia Definitiva?
Una vez que cumpla 5 años de residencia en Chile, contados desde el comienzo de la primera visa de residencia temporal, y cumpliendo los demás requisitos legales, puede optar a la Nacionalización.
¿Se puede renunciar a la Permanencia Definitiva?
No
¿Cuál es el plazo para requerir la reconsideración de una solicitud de Permanencia Definitiva que fue rechazada?
Dentro de los tres días siguientes a la notificación de la resolución de rechazo
¿Cuántas veces se puede reconsiderar?
Sólo una vez
¿Qué debo hacer si extravío mi Certificado de Permanencia Definitiva?
Deberá solicitar un duplicado. El formulario puede descargarlo aquí. Toda la documentación la debe enviar por correo postal, al Clasificador 8, Correo Central, Santiago, o bien a la gobernación de la provincia más cercana.
Duración del Trámite: Aproximadamente 45 días.
¿Qué significan las Modificatorias de Identidad y Nacionalidad?
Modificación de Identidad: Es la corrección en el Certificado de Permanencia Definitiva cuando existen diferencias con la Cédula de Identidad o con el pasaporte. Puede ser por una alteración en un nombre, apellido, guión u otros.
El formulario puede descargarlo aquí. Toda la documentación la debe enviar por correo postal, al Clasificador 8, Correo Central, Santiago, o bien a la gobernación de la provincia más cercana.
Duración del Trámite: Aproximadamente 90 días.
Modificatoria de Nacionalidad: Es la corrección en el Certificado de Permanencia Definitiva cuando la nacionalidad es diferente a la del pasaporte o a la de la Cédula de Identidad.
El formulario puede descargarlo aquí. Toda la documentación la debe enviar por correo postal, al Clasificador 8, Correo Central, Santiago, o bien a la gobernación de la provincia más cercana.
Duración del Trámite: Aproximadamente 90 días.
¿Cuál es el tiempo máximo que puedo permanecer sin visa, para poder postular a una permanencia definitiva, y cumplir con el requisito de los 2 años consecutivos?
Hasta 90 días, contados desde la fecha de fin de una visa y la fecha de solicitud de la nueva visa.
Si tengo dos visas Sujetas a Contrato seguidas con distintos empleadores, y en una de las dos no se cumpla el año ¿Puedo optar a la Permanencia Definitiva?
No, se deben cumplir estrictamente los dos años.
¿Cuántos cambios de empleador se permiten?
No hay límite al número de empleadores.
Como estudiante ¿Cuándo puedo optar a la Permanencia Definitiva?
Pueden solicitar la Permanencia Definitiva los estudiantes que:
- Hayan terminado sus estudios profesionales o secundarios
- Hayan residido por dos años con visa de estudiante.
- Tengan sustento económico. Ello debe demostrase con una oferta de trabajo autorizada ante notario. y puede complementarse con otros ingresos, tales como comprobantes de cambio de divisas, depósitos bancarios a su nombre, etc.
¿Cuál es el plazo para presentar una solicitud de Permanencia Definitiva si tengo residencia oficial?
30 días desde la fecha de emisión del certificado que acredita el término de la misión oficial. Pasado ese plazo, usted será amonestado
¿Existe alguna restricción para viajar en el período intermedio?
No
Los dependientes de un titular que es residente oficial ¿Pueden solicitar Permanencia Definitiva, aun cuando el titular se va del país?
Sí. Para ello debe:
- Acompañar el Certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores de Término de Misión o Renuncia a la visa oficial
- Acreditar ingresos: contrato de trabajo, boletas, iniciación de actividades, pagos de IVA, acciones, etc.
(Todo lo anterior dentro de los 15 días siguientes al término de la misión)
[Fuente: Extranjeria.gob.cl]