España decreta 10 días de luto nacional a partir de este miércoles - Lea Noticias

España decreta 10 días de luto nacional a partir de este miércoles

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España está de luto desde este miércoles. El país se sumirá durante diez días en un recuerdo a las víctimas del coronavirus bajo el luto oficial más largo de la historia de la democracia. Hace semanas, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció en el Congreso que cuando todo el territorio español estuviera en la fase 1 de la desescalada decretaría la medida. En ese periodo, ondearán a media asta las banderas de todos los edificios públicos y de los buques de la Armada, avanzó el presidente en su comparecencia semanal desde el Palacio de la Moncloa.

Man hands holding a black ribbon on wooden background

«Los fallecidos en esta epidemia merecen nuestro recuerdo perdurable«, pero «merecen un homenaje aún mayor: merecen nuestra convivencia y nuestra concordia», dijo Sánchez en su comparecencia del fin de semana. «Juntos debemos convivir en el mismo país que ellos construyeron. España se lo debe», concluyó el presidente. Moncloa de hecho ha llamado a guardar este miércoles un minuto de silencio a las 12.00 horas en memoria de las víctimas del virus.

Eso sí, esta es una situación sin precedentes. España no cuenta con un ordenamiento jurídico marco para estos casos, y tiene que hacerse por tanto «decreto a decreto». Cada vez que se quiera decretar el luto, ha de aprobarse uno. La característica común en todos, eso sí, son las banderas a media asta.

En algunos casos, se puede acudir al Real Decreto 2099/1983, de 4 de agosto de 1983, por el que se aprueba el Ordenamiento General de Precedencias en el Estado. También al Reglamento de Honores Militares, en su artículo 37. Este reza que «los honores fúnebres militares se rendirán por una unidad con Bandera, banda y música y consistirá en la interpretación del himno nacional completo, arma presentada y una descarga de fusilería. En su caso, la salva de cañonazos que corresponda». Es lo máximo a lo que se puede llegar. Serán los decretos que se aprueben los que marquen las características de cada luto, así como su extensión y las condiciones en las que se haga.

El politólogo Manuel Mostaza, explica a 20minutos que este es un tema que debería abordarse «de manera integral». Detalla los pasos que se podrían dar. «Quizá ha llegado el momento de reformar la Ley Orgánica a4/1981 –que se refiere a los estados de alarma, excepción y sitio– con lo que hemos aprendido en esta crisis e incluir una mención al luto oficial», expresa. Pero en este sentido importa también el contexto. Debería ser un asunto «fácil de abordar» por los partidos y de consenso rápido, pero Mostaza duda. «En un escenario tan polarizado como el que tenemos ahora mismo, no sé muy bien qué decir», concluye el experto.

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¿Cómo se regula el luto?

No hay una legislación específica en España, por lo que se tiene que decretar mediante decretos. Se puede acudir al Real Decreto 2099/1983, de 4 de agosto de 1983, por el que se aprueba el Ordenamiento General de Precedencias en el Estado. También al Reglamento de Honores Militares, en su artículo 37.

¿Qué implica?

En este caso, durante 10 días ondearán a media asta las banderas de todos los edificios públicos y de los buques de la Armada. Tampoco pueden darse celebraciones de Estado. Serán los decretos que se aprueben los que marquen las características de cada luto, así como su extensión y las condiciones que las que se haga.

¿Cuándo se suele decretar?

En España la última vez que se decretó fue tras la muerte del exministro y ex secretario general del PSOE, Alfredo Pérez Rubalcaba. El luto oficial suele estar relacionado con hechs como atentados terroristas. El país también lo decretó después del 11-M, en el año 2004, y de los atentados de Barcelona del 17-A, en 2017.

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