La suspensión de la aplicación del Canje de Cartas entre el Reino de España y la República Bolivariana de Venezuela, constitutivo del Acuerdo sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales hecho en Caracas el 16 de mayo de 2005; finalmente fue publicada en el Boletín Oficial del Estado N° 175, de 22 de julio de 2022.
El texto original recuerda que “el Canje de Cartas entre el Reino de España y la República Bolivariana de Venezuela constitutivo del Acuerdo sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, hecho en Caracas el 16 de mayo de 2005, entró en vigor el 26 de agosto de ese mismo año”.
Sin embargo, “mediante Nota Verbal de 31 de marzo de 2021, España notificó a Venezuela la suspensión de la aplicación del mencionado canje de cartas constitutivo de acuerdo, con efectos desde el 15 de marzo de 2021, ante la imposibilidad práctica de aplicar el acuerdo debido al reiterado incumplimiento de Venezuela del punto 9 del mismo, al amparo de los artículos 57.b) y 60.1 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969”.
El Art. 9 del convenio de canje establece que “ambas partes intercambiarán modelos de sus respectivos permisos y licencias de conducción. En el caso en que alguna de las Partes modifique sus modelos de licencias y permisos de conducción, deberá remitir a la otra Parte las nuevas muestras de permisos o licencias de conducción para su debido conocimiento, por lo menos con treinta (30) días antes de su aplicación”.
Como se recordará, en agosto de 2017, comenzaron a surgir problemas para hacer efectivo el canje de las licencias; luego que las autoridades venezolanas empezaron a expedir un nuevo modelo de permiso de conducción en formato PDF, que podía ser descargado e impreso (e incluso modificado) por su titular cuantas veces lo deseara.