“Es inmoral plantearle a un venezolano que ha trabajado 20, 30 años de su vida pagarle sus prestaciones con unos papeles que no sabemos cuánto valen y que sólo podrá venderlo en dos años”. De esta manera el coordinador político de Voluntad Popular, Carlos Vecchio rechazó la propuesta del Presidente de cancelar pasivos pendientes con bonos.
Frente a esta realidad, aboga por el pago en efectivo de este compromiso y para ello exhortó al Ejecutivo a priorizar el gasto de los recursos. “Este Gobierno ha destinado en los últimos 2 años más de 8 mil millones de dólares a la compra de armas, ha regalado a otros países, sólo en 2011, 11.700 millones de dólares y si todavía necesita más dinero tiene la posibilidad de vender acciones de la Empresas Mixtas de la Faja Petrolífera del Orinoco y obtener unos 8 mil millones de dólares más. Estamos hablando, en total de 27.800 millones de dólares”.
Vecchio fue enfático al afirmar que es momento de sobreponer los intereses de los venezolanos. “Basta de regalos al exterior y compra de armas. Nos estamos preparando para una guerra que no existe, para conspiraciones que no están, el verdadero compromiso que tiene que asumir un Estado progresista, responsable, serio, es pagando esta deuda. Es inaceptable que se le siga pidiendo al pueblo que haga más sacrificios, sí hay forma de pagarle chin-chin a los trabajadores”.
Con respecto a la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT) que adelanta el Ejecutivo, vía habilitante, el abogado la calificó de inconstitucional. “Esta ley no puede discutirse en un cuarto oscuro, sin un proyecto claro, clandestina, de espaldas al país”, agregó que el Presidente no está facultado por la Carta Magna ni por la Ley Habilitante para decidir sobre la materia.
Al respecto citó la disposición transitoria cuarta, numeral 3, de la Constitución, aprobada hace 13 años, que otorga el mandato al parlamento:
“Dentro del primer año, contado a partir de su instalación, la Asamblea Nacional aprobará: Mediante la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, un nuevo régimen para el derecho a prestaciones sociales reconocido en el artículo 92 de esta Constitución, el cual integrará el pago de este derecho de forma proporcional al tiempo de servicio y calculado de conformidad con el último salario devengado, estableciendo un lapso para su prescripción de diez años (…)”.
[Fuente: Prensa Voluntad Popular]